Seguro de defensa jurídica (hasta noviembre de 2012)

Seguro de defensa jurídica (hasta noviembre de 2012)

Resumen de la Normativa Comunitaria (Unión Europea) sobre Seguro de defensa jurídica (hasta noviembre de 2012)

Áreas

Estas categorías agrupan y ponen en contexto las iniciativas legislativas y no legislativas, que tratan del mismo tema

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Seguro de defensa jurídica (hasta noviembre de 2012)

Acto

Directiva 87/344/CEE del Consejo, de 22 de junio de 1987, sobre la coordinación de las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas relativas al seguro de defensa jurídica.

Síntesis

El seguro de defensa jurídica cubre los gastos de procedimiento judicial y de otros servicios relativos a la solución de un litigio. Esta directiva no es aplicable a los riesgos resultantes de la utilización de embarcaciones marinas.

La garantía de defensa jurídica deberá ser objeto de un contrato separado del establecido para los restantes ramos o bien de un capítulo aparte de una póliza única.

Las empresas de seguros estarán obligadas a elegir una de las posibilidades siguientes:

  • establecer un servicio separado para llevar la gestión del seguro de defensa jurídica,
  • confiar la gestión de los siniestros del ramo de defensa jurídica a una empresa jurídicamente distinta, o
  • reconocer al asegurado el derecho a confiar la defensa de sus intereses a un abogado de su elección desde el momento en que tenga derecho a reclamar la intervención del asegurador de conformidad con la póliza (en todos los casos en que haya que recurrir a un abogado, el asegurado tendrá libertad de elección).

En caso de conflicto de intereses, o de desacuerdo respecto a la solución de un litigio, el asegurador de la defensa jurídica deberá informar al asegurado de su derecho a elegir libremente abogado y de la posibilidad de recurrir al procedimiento arbitral.

La presente directiva queda derogada por la Directiva sobre el acceso a la actividad de seguro y reaseguro a partir del 1 de noviembre de 2012.

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REFERENCIAS
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Acto Entrada en vigor Plazo de transposición en los Estados miembros Diario Oficial

Directiva 87/344/CEE

4.7.1987

1.1.1990

DO L 185 de 4.7.1987

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