Programa de fomento del transporte marítimo de corta distancia

Programa de fomento del transporte marítimo de corta distancia

Resumen de la Normativa Comunitaria (Unión Europea) sobre Programa de fomento del transporte marítimo de corta distancia

Áreas

Estas categorías agrupan y ponen en contexto las iniciativas legislativas y no legislativas, que tratan del mismo tema

Medio ambiente > Lucha contra el cambio climático

Programa de fomento del transporte marítimo de corta distancia

Acto

Comunicación de la Comisión: Programa de fomento del transporte marítimo de corta distancia [COM(2003) 155 final – no publicada en el Diario Oficial].

Síntesis

El Libro Blanco sobre la política europea de transportes de cara al 2010 puso de manifiesto el papel que el transporte marítimo de corta distancia puede desempeñar en el control del crecimiento del tráfico de camiones, para reequilibrar la distribución modal y evitar los puntos de congestión terrestres. Asimismo, el desarrollo del transporte marítimo de corta distancia puede ayudar a reducir el crecimiento del transporte por carretera, reequilibrar la distribución entre modos de transporte, evitar los puntos de congestión y contribuir al desarrollo sostenible y al aumento de seguridad.

El programa establecido por la Comisión está formado por un conjunto de 14 actividades subdivididas en medidas, cada una de las cuales lleva indicados los agentes y el calendario de ejecución (de 2003 a 2010). El programa describe las iniciativas a los niveles comunitario, nacional, regional y sectorial con el fin de desarrollar el transporte marítimo de corta distancia a los niveles legislativo, técnico y operativo.

Las acciones legislativas consisten en:

  • la aplicación de la directiva sobre las formalidades de información para los buques que lleguen a puertos europeos y salgan de ellos: esta directiva simplifica los procedimientos administrativos que se aplican al transporte marítimo, exigiendo a los países de la UE que acepten los formularios modelo FAL de la Organización Marítima Internacional (OMI) (EN), lo que permitiría obtener toda la información necesaria relativa a la entrada o a la salida de un buque en el formulario. Esta medida significa que los diversos formularios nacionales serán sustituidos por formularios comunes.
    La presente directiva sobre formalidades de comunicación se ha sustituido por la Directiva 2010/65/UE, que establece una transmisión electrónica estándar de datos;
  • la aplicación del programa Marco Polo: los programas Marco Polo y Marco Polo II permiten transferir cada año varios miles de millones de toneladas-kilómetros de la carretera hacia la navegación de corta distancia, el transporte ferroviario y la navegación interior;
  • la normalización y armonización de las unidades de carga intermodales: la diversidad de configuración que caracteriza las unidades de carga intermodales (contenedores y cajas móviles) es la causa de los retrasos en los cambios de modo de transporte;
  • el desarrollo de las autopistas del mar: las autopistas del mar deberían permitir evitar los puntos de congestión terrestres en Europa en el marco de cadenas logísticas globales de puerta a puerta, ofreciendo servicios eficaces, regulares y frecuentes capaces de competir con el transporte por carretera, en particular, en cuanto a duración del tránsito y precio;
  • la mejora de los resultados medioambientales del transporte marítimo de corta distancia: el transporte marítimo es, en general, menos nocivo para el medio ambiente por cada tonelada o pasajero transportado. La transferencia modal hacia el transporte marítimo de corta distancia podría contribuir, por ejemplo, a cumplir los objetivos del Protocolo de Kioto.

Las acciones técnicas consisten en:

  • una guía de los procedimientos aduaneros aplicables al transporte marítimo de corta distancia: la Comisión ha publicado una guía de los procedimientos aduaneros aplicables al transporte marítimo de corta distancia que tenía dos objetivos: la descripción de la normativa aduanera, indicando los casos en los que pueden seguirse procedimientos simplificados (la base del segundo objetivo) y la definición de las necesidades concretas en cuanto a simplificación complementaria;
  • la contabilización y eliminación de los obstáculos a los avances del transporte marítimo de corta distancia: la Comisión contabiliza desde 1999 los puntos de congestión que frenan el desarrollo del transporte marítimo de corta distancia. Estos obstáculos pueden clasificarse en cinco categorías: imagen anticuada de la actividad, falta de integración en la cadena logística intermodal, procedimientos administrativos complejos, falta de eficacia de los puertos y aplicación ineficiente de las normas y procedimientos entre los distintos países de la UE;
  • la aproximación de las prácticas nacionales e información de los procedimientos aduaneros comunitarios: la iniciativa «eCustoms» tiene por objeto acelerar y simplificar los procedimientos de declaración de las mercancías transportadas. Una de las primeras acciones de la iniciativa es llevar a la práctica el Nuevo Sistema de Tránsito Informatizado Comunitario (NSTI), que permitirá sustituir la versión impresa del documento administrativo único (DAU) aplicado por cerca de 3.000 puestos de aduanas en 22 países;
  • la investigación y desarrollo tecnológico: las labores de investigación tienen por objeto mejorar la calidad, la seguridad operacional y física, y los resultados medioambientales del transporte marítimo. El objeto es realizar, en el marco de una red temática, trabajos que afectan directamente al transporte marítimo de corta distancia, en particular, en el marco del Sexto Programa Marco.

Las acciones operativas consisten en:

  • ventanillas administrativas únicas en los puertos: con el objeto de simplificar los trámites relativos a la llegada, la salida y las autorizaciones de los buques. La «ventanilla administrativa única» limita el número de autoridades administrativas que suben a bordo de los buques para realizar controles o al menos coordinar sus actividades, y, por otra parte, ofrecer a los usuarios de los puertos puntos únicos de contacto u oficinas de asistencia para los trámites administrativos;
  • garantizar el papel esencial de los corresponsales para el transporte marítimo de corta distancia: es necesario garantizar una cooperación continua entre los corresponsales y la Comisión organizando reuniones regulares, y garantizar una difusión continua de la información por medio de la herramienta de Internet «CIRCA» (Comunication and Information Resource Centre Administrator). Los países candidatos a la adhesión también tienen que participar en los trabajos para que tomen conciencia de la importancia del transporte marítimo de corta distancia;
  • mantener el buen funcionamiento y la orientación de los centros de fomento del transporte marítimo de corta distancia: estos centros están motivados por intereses comerciales y constituyen una herramienta concreta de fomento de la navegación de corta distancia a nivel nacional. Los centros nacionales están organizándose en una red llamada «European Short Sea Network (ESN)» que constituye una herramienta común para el fomento del transporte marítimo de corta distancia en Europa. El objetivo de la red consiste en intercambiar información y buenas prácticas así como proporcionar consejos prácticos relativos a las distintas etapas de un trayecto de corta distancia;
  • promover la imagen del transporte marítimo de corta distancia como alternativa satisfactoria a los otros modos de transporte: el transporte marítimo de corta distancia debe adquirir una imagen más moderna y dinámica valorizando su potencial actual, es decir, la velocidad, la fiabilidad, la flexibilidad, la regularidad y el elevado nivel de seguridad para las mercancías transportadas;
  • recopilación de información estadística: las estadísticas europeas relativas al comercio marítimo de corta distancia no son suficientemente detalladas. El objetivo consiste en recoger información relativa al transporte marítimo de corta distancia gracias a las contribuciones de la Organización de Puertos Marítimos Europeos (ESPO) hasta el momento en que la directiva sobre estadísticas marítimas aporte información suficiente para realizar comparaciones.

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