Tribunales europeos e internacionales

Tribunales europeos e internacionales

Resumen de la Normativa Comunitaria (Unión Europea) sobre Tribunales europeos e internacionales

Áreas

Estas categorías agrupan y ponen en contexto las iniciativas legislativas y no legislativas, que tratan del mismo tema

 > Cooperación judicial en materia penal

Tribunales europeos e internacionales

TRIBUNALES DE LA UNIÓN EUROPEA

El Tribunal de Justicia de la UE (TJUE) designa al conjunto del sistema jurisdiccional de la UE. Se encuentra a su vez compuesto por tres jurisdicciones:

  • el Tribunal de Justicia;
  • el Tribunal;
  • los tribunales especializados.

Tribunal de Justicia

El Tribunal de Justicia se pronuncia sobre los recursos presentados por los Estados miembros o las instituciones europeas. También puede decidir en último recurso sobre las sentencias dictadas por el Tribunal. En tal caso, no juzga cuestiones de Derecho ni tampoco los hechos.

Tribunal

El Tribunal está vinculado al Tribunal de Justicia y tiene por objeto aligerar la carga de trabajo de éste.

El Tribunal es competente para juzgar en primera instancia los recursos presentados por los Estados miembros o por particulares, en los casos previstos por los Tratados europeos.

Los tribunales especializados

Los tribunales especializados los crean el Parlamento Europeo y el Consejo según el procedimiento legislativo ordinario. Estos tribunales se encargan de decidir en primera instancia sobre determinadas categorías de recursos interpuestos en materias específicas.

Los distintos tipos de recursos

El TJUE se encarga de garantizar el cumplimiento del Derecho Europeo. De este modo, se pronuncia sobre los recursos presentados por los Estados miembros, el resto de instituciones europeas o los ciudadanos europeos. Existen distintos tipos de procedimientos:

  • el recurso de anulación;
  • el recurso por incumplimiento;
  • el recurso por omisión;
  • el recurso de responsabilidad;
  • el procedimiento prejudicial.

TRIBUNALES A ESCALA INTERNACIONAL

A escala internacional, varios tribunales u órganos se encargan de resolver los conflictos y también tienen sus sedes en el territorio europeo. Sin embargo, estos tribunales no forman parte del marco de la Unión Europea:

  • los tribunales del resto de organizaciones europeas, en especial, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos y el Tribunal de la AELC (Asociación Europea de Libre Comercio);
  • los tribunales creados bajo los auspicios de las Naciones Unidas;
  • los órganos de resolución de litigios independientes de las Naciones Unidas.

Tribunales del resto de organizaciones europeas

Ni el Tribunal Europeo de Derechos Humanos ni el Tribunal de la AELC son instituciones de la Unión Europea.

El Tribunal Europeo de derechos humanos (EN) (FR) es una jurisdicción internacional creada bajo los auspicios del Consejo de Europa (DE) (EN) (FR) (IT) que cuenta actualmente con 47 Estados miembros. Este Tribunal vela por la aplicación del Convenio Europeo de Derechos Humanos (EN) (FR) que se firmó el 4 de noviembre de 1950.

En cuanto al Tribunal de la AELC (EN) éste controla la aplicación del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (EEE) (EN). Dicho acuerdo garantiza la libre circulación de personas, bienes y servicios, etc.

Tribunales creados bajo los auspicios de las Naciones Unidas

Los Estados reunidos en asamblea en las Naciones Unidas crearon tres Tribunales permanentes de justicia, es decir el Tribunal Internacional de Justicia, la Corte Penal Internacional y el Tribunal Internacional de Derecho del Mar.

El
Tribunal Internacional de Justicia (TIJ)
 es el principal órgano judicial de las Naciones Unidas y es competente, entre otras cosas, en cuestiones relativas a la Carta de las Naciones Unidas, interpretación de Tratados internacionales, cuestiones de Derecho internacional, comprobación de las vulneraciones del derecho internacional, o carácter o amplitud de la reparación a raíz de la vulneración de una obligación de derecho internacional. Sólo los Estados pueden ser partes en los casos demandados ante el Tribunal. El TIJ tiene su sede en La Haya, en los Países Bajos.

La
Corte Penal Internacional (CPI)
tiene competencias para juzgar a las personas que han cometido graves crímenes con trascendencia internacional. Estos son: el crimen de genocidio, los crímenes de lesa humanidad, los crímenes de guerra y el crimen de agresión. La CPI tiene su sede en La Haya, en los Países Bajos.

El Tribunal Internacional de Derecho del Mar es un órgano judicial independiente creado por la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar (FR). Está facultado para juzgar los conflictos relativos a la interpretación y aplicación del Convenio. Los Estados Partes del Convenio, así como las personas físicas o jurídicas, tienen acceso a este Tribunal. El tribunal tiene su sede en Hamburgo, en Alemania.

Por otra parte, las Naciones Unidas han creado otros dos tribunales no permanentes para juzgar los crímenes de guerra y determinados genocidios:

  • el Tribunal Penal Internacional para la antigua Yugoslavia (TPIY) (EN) (FR): El TPIY fue creado para juzgar a las personas supuestamente responsables de graves crímenes de guerra cometidos en los Balcanes durante los conflictos de los años 90;
  • el Tribunal Penal Internacional para Ruanda (TPIR) (EN) (FR): el TPIR fue creado para juzgar a las personas supuestamente responsables de los actos de genocidio y de otras graves violaciones del Derecho internacional humanitario cometidas en el territorio de Ruanda entre el 1 de enero y el 3 de diciembre de 1994.

Los órganos de solución de conflictos independientes de las Naciones Unidas

Además de las cortes y tribunales internacionales existen otros órganos encargados de resolver conflictos, en particular el Tribunal Permanente de Arbitraje y el órgano de solución de conflictos de la Organización Mundial del Comercio (OMC).

El Tribunal Permanente de Arbitraje (TPA) (EN) (FR) es una organización intergubernamental independiente. Se ocupa de arbitrajes, conciliaciones y comisiones de investigación en los litigios entre Estados, Partes privadas y organizaciones intergubernamentales sobre la base de los reglamentos internacionales en materia de arbitraje. El TPA tiene su sede en La Haya, en los Países Bajos.

El órgano de solución de conflictos (OSD) de la OMC
actúa en el ámbito de la solución de los conflictos en el comercio internacional. La solución de conflictos en la OMC se rige por el memorando de acuerdo que se firmó en Marrakech en 1994 al término de las negociaciones de la Ronda Uruguay. Este memorando hace hincapié en la consulta y fija plazos estrictos para la solucionar los conflictos. La OMC tiene su sede en Ginebra, en Suiza.

La presente ficha de síntesis se divulga a título informativo y no pretende interpretar el documento de referencia ni sustituirlo, que sigue siendo el único fundamento jurídico vinculante.

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