La infancia en la acción exterior de la UE

La infancia en la acción exterior de la UE

Resumen de la Normativa Comunitaria (Unión Europea) sobre La infancia en la acción exterior de la UE

Áreas

Estas categorías agrupan y ponen en contexto las iniciativas legislativas y no legislativas, que tratan del mismo tema

Desarrollo > Políticas sectoriales de desarrollo

La infancia en la acción exterior de la UE

Acto

Comunicación de la Comisión al Consejo, al Parlamento Europeo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones, de 5 de febrero de 2008 – Un lugar especial para la infancia en la acción exterior de la UE [COM(2008) 55 final – No publicada en el Diario Oficial].

Resumen

Los niños y adolescentes suponen un tercio de la población mundial y constituyen la mitad de la población en la mayoría de los países en desarrollo. Por ello, invertir en la infancia es invertir en el futuro. La mejora de la situación de la infancia permite prevenir la fragilidad de los Estados y garantizar un desarrollo sostenible a largo plazo así como la estabilidad y la seguridad a nivel regional, nacional y mundial.

Como la infancia es vulnerable, debe ocupar un lugar central en las políticas de la Unión Europea en materia de desarrollo, ayuda humanitaria y relaciones exteriores.

Los retos propios a este tramo de la población son, entre otros, la salud, la educación y la formación, la inserción social, la lucha contra delitos como la trata de seres humanos y la explotación sexual, la lucha contra el trabajo de menores y el alistamiento en grupos armados. Algunos niños corren un riesgo especial, en particular en situaciones de crisis humanitarias. A las niñas debe dedicárseles una atención concreta ya que están expuestas a riesgos suplementarios, tales como distintas formas de violencia sexual o en su entorno familiar.

Marco normativo

La UE está comprometida con el respeto de los derechos humanos en general y los derechos de la infancia en particular en virtud de los tratados internacionales y europeos. Así, suscribió la Convención de la ONU sobre los Derechos del Niño, que enuncia cuatro principios generales aplicables a todas las acciones que afectan a la infancia: no discriminación, interés superior del niño, derecho del niño a la subsistencia y al desarrollo, y derecho del niño a expresar libremente su opinión.

La UE también suscribió la Declaración del Milenio y los Objetivos de Desarrollo del Milenio (ODM) y apoya el plan de acción denominado «Un mundo digno para la infancia» de las Naciones Unidas.

La protección de los derechos de la infancia goza además de una atención especial en la política de la UE en materia de promoción de los derechos humanos y de la democratización en terceros países, especialmente a través de la aplicación de las orientaciones de la UE sobre protección de los niños en los conflictos armados y de las relativas a la promoción y protección de los derechos de la infancia.

El proceso de ampliación y la ayuda humanitaria constituyen también instrumentos útiles para promover los derechos de la infancia.

Actuación de la UE

Con el fin de responder a los numerosos retos existentes, la UE establece un marco para un enfoque general de la protección y promoción de los derechos del niño en terceros países que debe basarse en una visión general y universal de los derechos del niño e inscribirse también en estrategias más amplias de desarrollo y reducción de la pobreza.

Para garantizar la coordinación de su acción exterior, la UE pretende basarse en varias medidas, tales como:

  • la cooperación al desarrollo con el fin de corregir las causas profundas de la pobreza;
  • la política comercial, que debe ser coherente con la protección y la promoción de los derechos del niño. Así, en los acuerdos bilaterales, la cuestión de los derechos del niño está cubierta por la normativa laboral;
  • el diálogo político entre la UE y los países socios, que permite hacer hincapié en la ejecución de los compromisos asumidos en la Convención sobre los Derechos del Niño;
  • las acciones de ámbito regional y mundial que completan a las nacionales y abordan cuestiones de carácter supranacional;
  • el refuerzo de la autonomía de los niños y adolescentes para permitirles desempeñar un papel más activo en los ámbitos que les afectan directamente;
  • la ayuda humanitaria, ya que en situaciones difíciles resultantes de desastres naturales o conflictos, los niños se ven especialmente afectados. La ayuda humanitaria se orientará especialmente hacia los niños separados de su familia y los no acompañados, los enrolados en fuerzas o grupos armados así como la educación de los niños en situaciones de emergencia.

Contexto

La presente Comunicación supone la continuación de la Comunicación de 2006, que proponía definir una estrategia a largo plazo para la UE en el ámbito de los derechos del niño, y completa las «Orientaciones de la UE para la promoción y la protección de los derechos de la infancia» adoptadas por el Consejo el 10 de diciembre de 2007, que representan la base de la acción de la UE en materia de protección y promoción de los derechos de la infancia en su política exterior.

Cifras clave del acto
  • Niños no escolarizados: 72 millones; de ellos, un 57 % son niñas.
  • Niños que se ven obligados a trabajar: 110 millones.
  • En más del 50 % de los casos, las parturientas no son asistidas por una comadrona.
  • Más de 3 millones de niños mueren debido a complicaciones surgidas durante el parto o inmediatamente después del mismo.
  • Anualmente nacen más de 300 000 niños seropositivos.
  • Cada año, 10 millones de niños mueren por causas evitables antes de haber alcanzado los 5 años.


Otra Normativa sobre La infancia en la acción exterior de la UE

Áreas

Estas categorías agrupan y ponen en contexto las iniciativas legislativas y no legislativas, que tratan del mismo tema

Derechos humanos > Derechos humanos fuera de la Unión Europea

La infancia en la acción exterior de la UE

Acto

Comunicación de la Comisión al Consejo, al Parlamento Europeo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones, de 5 de febrero de 2008 – Un lugar especial para la infancia en la acción exterior de la UE [COM(2008) 55 final – No publicada en el Diario Oficial].

Resumen

Los niños y adolescentes suponen un tercio de la población mundial y constituyen la mitad de la población en la mayoría de los países en desarrollo. Por ello, invertir en la infancia es invertir en el futuro. La mejora de la situación de la infancia permite prevenir la fragilidad de los Estados y garantizar un desarrollo sostenible a largo plazo así como la estabilidad y la seguridad a nivel regional, nacional y mundial.

Como la infancia es vulnerable, debe ocupar un lugar central en las políticas de la Unión Europea en materia de desarrollo, ayuda humanitaria y relaciones exteriores.

Los retos propios a este tramo de la población son, entre otros, la salud, la educación y la formación, la inserción social, la lucha contra delitos como la trata de seres humanos y la explotación sexual, la lucha contra el trabajo de menores y el alistamiento en grupos armados. Algunos niños corren un riesgo especial, en particular en situaciones de crisis humanitarias. A las niñas debe dedicárseles una atención concreta ya que están expuestas a riesgos suplementarios, tales como distintas formas de violencia sexual o en su entorno familiar.

Marco normativo

La UE está comprometida con el respeto de los derechos humanos en general y los derechos de la infancia en particular en virtud de los tratados internacionales y europeos. Así, suscribió la Convención de la ONU sobre los Derechos del Niño, que enuncia cuatro principios generales aplicables a todas las acciones que afectan a la infancia: no discriminación, interés superior del niño, derecho del niño a la subsistencia y al desarrollo, y derecho del niño a expresar libremente su opinión.

La UE también suscribió la Declaración del Milenio y los Objetivos de Desarrollo del Milenio (ODM) y apoya el plan de acción denominado «Un mundo digno para la infancia» de las Naciones Unidas.

La protección de los derechos de la infancia goza además de una atención especial en la política de la UE en materia de promoción de los derechos humanos y de la democratización en terceros países, especialmente a través de la aplicación de las orientaciones de la UE sobre protección de los niños en los conflictos armados y de las relativas a la promoción y protección de los derechos de la infancia.

El proceso de ampliación y la ayuda humanitaria constituyen también instrumentos útiles para promover los derechos de la infancia.

Actuación de la UE

Con el fin de responder a los numerosos retos existentes, la UE establece un marco para un enfoque general de la protección y promoción de los derechos del niño en terceros países que debe basarse en una visión general y universal de los derechos del niño e inscribirse también en estrategias más amplias de desarrollo y reducción de la pobreza.

Para garantizar la coordinación de su acción exterior, la UE pretende basarse en varias medidas, tales como:

  • la cooperación al desarrollo con el fin de corregir las causas profundas de la pobreza;
  • la política comercial, que debe ser coherente con la protección y la promoción de los derechos del niño. Así, en los acuerdos bilaterales, la cuestión de los derechos del niño está cubierta por la normativa laboral;
  • el diálogo político entre la UE y los países socios, que permite hacer hincapié en la ejecución de los compromisos asumidos en la Convención sobre los Derechos del Niño;
  • las acciones de ámbito regional y mundial que completan a las nacionales y abordan cuestiones de carácter supranacional;
  • el refuerzo de la autonomía de los niños y adolescentes para permitirles desempeñar un papel más activo en los ámbitos que les afectan directamente;
  • la ayuda humanitaria, ya que en situaciones difíciles resultantes de desastres naturales o conflictos, los niños se ven especialmente afectados. La ayuda humanitaria se orientará especialmente hacia los niños separados de su familia y los no acompañados, los enrolados en fuerzas o grupos armados así como la educación de los niños en situaciones de emergencia.

Contexto

La presente Comunicación supone la continuación de la Comunicación de 2006, que proponía definir una estrategia a largo plazo para la UE en el ámbito de los derechos del niño, y completa las «Orientaciones de la UE para la promoción y la protección de los derechos de la infancia» adoptadas por el Consejo el 10 de diciembre de 2007, que representan la base de la acción de la UE en materia de protección y promoción de los derechos de la infancia en su política exterior.

Cifras clave del acto
  • Niños no escolarizados: 72 millones; de ellos, un 57 % son niñas.
  • Niños que se ven obligados a trabajar: 110 millones.
  • En más del 50 % de los casos, las parturientas no son asistidas por una comadrona.
  • Más de 3 millones de niños mueren debido a complicaciones surgidas durante el parto o inmediatamente después del mismo.
  • Anualmente nacen más de 300 000 niños seropositivos.
  • Cada año, 10 millones de niños mueren por causas evitables antes de haber alcanzado los 5 años.

Leave a Comment