Intercambio de datos con Interpol

Intercambio de datos con Interpol

Resumen de la Normativa Comunitaria (Unión Europea) sobre Intercambio de datos con Interpol

Áreas

Estas categorías agrupan y ponen en contexto las iniciativas legislativas y no legislativas, que tratan del mismo tema

Justicia libertad y seguridad > Lucha contra el terrorismo

Intercambio de datos con Interpol

Acto

Posición común 2005/69/JAI del Consejo, de 24 de enero de 2005, relativa al intercambio de determinados datos con Interpol.

Síntesis

Uno de los objetivos de la Unión Europea (UE) es ofrecer a los ciudadanos un elevado nivel de protección, por lo que resulta necesario reforzar la cooperación entre los servicios policiales de la Unión. Los pasaportes expedidos y vírgenes robados, extraviados o desviados se utilizan para eludir la ley y cometer actos ilícitos que ponen en peligro la seguridad de la Unión.

Para luchar contra la delincuencia organizada e internacional y contra el terrorismo, la posición común responde a la exigencia de establecer un sistema integrado de intercambio de información sobre los pasaportes robados y extraviados * basándose en el sistema de información Schengen (SIS) y la base de datos STD de Interpol *.

Interpol (EN) es la Organización Internacional de Policía de la que forman parte todos los Estados miembros. La Interpol recibe, almacena y difunde datos para ayudar a los servicios policiales a prevenir y combatir la delincuencia internacional. Su base de datos sobre documentos de viaje robados permite a los miembros de Interpol compartir datos sobre los pasaportes robados y extraviados.

Esta posición común obliga a los servicios policiales competentes de los Estados miembros a intercambiar determinados datos no nominativos relativos a pasaportes robados o extraviados con los otros Estados miembros de Interpol, mediante el banco de datos sobre documentos de viaje robados. Interpol garantiza un nivel de protección adecuado de los datos de carácter personal así como el respeto de las libertades y derechos fundamentales relativos a su tratamiento automático.

Cada Estado miembro puede decidir con Interpol las modalidades de intercambio del conjunto de datos relativos a los pasaportes. Estos datos figuran en la respectiva base de datos nacional apropiada * o en la del SIS, si dicho Estado miembro participa en ella.

En diciembre de 2005, a más tardar, la Comisión presentará un informe al Consejo sobre la aplicación de la posición común. El Consejo evaluará en qué medida los Estados miembros se ajustan a la posición común y adoptará las medidas necesarias.

Términos clave del acto
  • Datos relativos a los pasaportes: datos relativos a pasaportes expedidos y vírgenes que han sido robados, extraviados o desviados, creados con el fin de ser introducidos en un sistema de información específico.
  • Base de datos Interpol: sistema de búsqueda automática en la base de datos sobre documentos de viaje robados administrada por la Organización Internacional de Policía (Interpol).
  • Base de datos nacional apropiada: base de datos de las autoridades policiales o judiciales de un Estado miembro que contiene datos sobre pasaportes expedidos y vírgenes que han sido robados, extraviados o desviados.

Referencias

Acto Entrada en vigor Transposición en los Estados miembros Diario Oficial
Posición común 2005/69/JAI del Consejo DO L 27 de 29.1.2005

Actos Conexos

Informe de la Comisión sobre la aplicación de la posición común 2005/69/JAI del Consejo [COM (2006) 167].

Tal como se prevé en la posición común, la Comisión presenta su informe sobre la aplicación de la posición común en los Estados miembros. De los 25 Estados miembros, 18 participan en la base de datos STD de Interpol sobre documentos robados y transmiten a esta base los datos relativos a los documentos de viaje perdidos o robados. Sin embargo, las cifras de Interpol indican que aunque la UE es el más importante proveedor de información para la base de datos sobre documentos de viaje, sólo efectúa una pequeña parte de las investigaciones. Por consiguiente, el informe invita a los Estados miembros a tener una actitud más activa, fomentando la utilización de la base de datos de Interpol por los agentes de los servicios policiales.

 

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