Informes sobre la ciudadanía de la Unión

Informes sobre la ciudadanía de la Unión

Resumen de la Normativa Comunitaria (Unión Europea) sobre Informes sobre la ciudadanía de la Unión

Áreas

Estas categorías agrupan y ponen en contexto las iniciativas legislativas y no legislativas, que tratan del mismo tema

Justicia libertad y seguridad > Ciudadanía de la Unión

Informes sobre la ciudadanía de la Unión

Acto

Segundo informe de la Comisión Europea, de 27 de mayo de 1997, sobre la ciudadanía de la Unión presentado al Consejo, al Parlamento Europeo, al Comité Económico y Social y al Comité de las Regiones [COM (1997) 230 final – no publicado en el Diario Oficial].

Síntesis

Este segundo informe sigue al primer informe de la Comisión sobre la ciudadanía de la Unión [COM (93) 0702 final], que se presentó el 21 de diciembre de 1993, con arreglo al artículo 8 E de la época, poco después de la entrada en vigor del Tratado de Maastricht (1 de noviembre de 1993). En él, la Comisión hace un repaso de los nuevos derechos introducidos por el Tratado de Maastricht en materia de ciudadanía europea pero, a continuación, también se refiere a los derechos otorgados antes de dicho Tratado y referentes a la libertad de circulación. Por último, el informe recalca la necesidad de mejorar el acceso y la sensibilización del ciudadano a todos estos derechos.

En cuanto a los nuevos derechos se refiere, cabe distinguir tres categorías:

  • el derecho de sufragio activo y pasivo en las elecciones municipales europeas;
  • la protección diplomática y consular;
  • los medios extrajudiciales de protección de los derechos del ciudadano.

En cuanto al derecho de sufragio activo y pasivo, cabe decir que, para las elecciones al Parlamento Europeo, es una realidad para todos los ciudadanos que residen en un Estado miembro cuya nacionalidad no poseen, cuando esto distaba mucho de ser el caso en 1996 para las elecciones locales. El 1 de enero de 1997 sólo ocho Estados miembros habían incorporado completamente la Directiva 94/80/CE sobre las elecciones municipales. Para combatir el escaso índice de participación observado en las elecciones europeas de 1994 y de 1995/96 en los nuevos Estados miembros, la Comisión propone dos medidas:

  • mejorar la información que deberá proporcionarse a su debido tiempo a los ciudadanos, mediante campañas de información como la de «Ciudadanos de Europa»;
  • fomentar la participación del ciudadano en la vida política de su Estado de residencia.

En cuanto a la protección diplomática y consular, este derecho basado en las disposiciones del Tratado (Decisión de los Representantes de los Gobiernos de los Estados miembros, de 19 de diciembre de 1995, por la que se instaura dicha protección, y Decisión de 6 de julio de 1996 sobre el establecimiento de un documento provisional de viaje), todavía no se aplicaba en 1997.

Por último, los medios extrajudiciales de protección de los derechos del ciudadano de la Unión abarcan dos conceptos:

  • el derecho de petición ante el Parlamento Europeo;
  • el derecho de dirigirse al Defensor del Pueblo Europeo.

El derecho de petición, al que tienen ampliamente acceso todas las personas que residen legalmente en la Unión, sean o no nacionales de un Estado miembro, da lugar a un flujo constante de peticiones. Desde el final de la legislatura 1993-1994 hasta mediados del año parlamentario 1996-1997, llegaron al Parlamento Europeo 4 131 peticiones.

El primer Defensor del Pueblo Europeo, el finlandés Jacob Söderman, fue nombrado el 12 de julio de 1995 y asumió la función de Defensor del Pueblo Europeo hasta 2003. Entre el momento en que entró en funciones y finales de diciembre de 1996, recibió 1 140 demandas. En 1996, inició tres investigaciones relacionadas con la información y la transparencia. Desde el 1 de abril de 2003, P. Nikiforos Diamandouros asume las funciones de Defensor del Pueblo Europeo.

En la segunda parte de este informe se recuerda que los ciudadanos siguen encontrando dificultades para ejercer su derecho de libre circulación y residencia, en particular por la existencia de prácticas administrativas incorrectas o especialmente gravosas. Además, el derecho de residencia sigue estando sujeto a disposiciones distintas, aplicables a distintas categorías de ciudadanos, ya que el Derecho derivado comunitario consiste en dos Reglamentos y nueve Directivas, además de las disposiciones de seguridad social.

No obstante, no puede pensarse en aprobar un conjunto de normas único ya que el Tratado CE no incluye ningún fundamento jurídico común. Por ello, la Comisión recomienda proceder a la revisión del artículo 8A (actualmente artículo 18), que de fundamento jurídico accesorio pasaría a ser el fundamento jurídico específico en materia de libre circulación y derecho de residencia.

Por último, en cuanto al aspecto sensibilización y acceso de los ciudadanos a dichos derechos, la Comisión propone dos orientaciones de actuación:

  • una acción de información permanente para suministrar al ciudadano una información simple y factual sobre sus derechos (la iniciativa «Ciudadanos de Europa», que se lanzó el 29 de noviembre de 1996, guías prácticas, y un servicio de orientación del usuario);
  • que la Comisión y los Estados miembros incrementen sus esfuerzos para garantizar que tales derechos se respeten mejor en la práctica (puntos de contacto ciudadanos en los Estados miembros, ampliar a los derechos del ciudadano la cooperación entre administraciones nacionales, crear organismos de solución extrajudicial, organizar el seguimiento por la Comisión de la aplicación del Derecho comunitario y de las denuncias).

Actos Conexos

Quinto informe de la Comisión Europea, de 15 de febrero de 2008, sobre la ciudadanía de la Unión [COM (2008) 85 final – no publicado en el Diario Oficial].

En este informe, que abarca el período comprendido entre el 1 de mayo de 2004 y el 30 de junio de 2007, la Comisión Europea analiza la aplicación de las disposiciones existentes referentes a la ciudadanía de la Unión, y se pregunta si es necesario reforzar los derechos de los ciudadanos de la Unión.

Principal interés de la Comisión: el «núcleo central» de derechos del ciudadano -derecho a circular y residir libremente en el territorio de los Estados miembros, derecho de sufragio activo y pasivo en las elecciones municipales del Estado miembro en el que reside, derecho a protección diplomática y consular en terceros países, derecho de petición ante el Parlamento Europeo y derecho de acudir al Defensor del pueblo Europeo.

El derecho de libre circulación y residencia, en particular, parecen aplicarse de forma desigual en el conjunto de la Unión Europea. Parecen confirmarlo las numerosas cuestiones que plantean las alegaciones de vulneración que los ciudadanos envían a la Comisión. No obstante, la red SOLVIT constituye un medio eficaz para resolver con pragmatismo y rápidamente (en un plazo de diez semanas) los problemas transfronterizos con que se enfrentan los ciudadanos. La Comisión y los Estados miembros crearon esta red en julio de 2002. A la vez que vigila la aplicación homogénea del Derecho comunitario por los Estados miembros, la Comisión Europea apoya mecanismos alternativos que permitan hallar soluciones eficaces, fructíferas y más ligeras para solventar los desacuerdos y resolver los problemas de los ciudadanos.

Cuarto informe de la Comisión Europea, de 26 de octubre de 2004, sobre la ciudadanía de la Unión [COM (2004) 695 final – no publicado en el Diario Oficial].

En este cuarto informe, que abarca el período comprendido entre el 1 de mayo de 2001 y el 30 de abril de 2004, la Comisión considera que, en general, las disposiciones comunitarias sobre los derechos de los ciudadanos de la Unión se aplican correctamente y sin grandes problemas. En este ámbito, los Estados miembros han aplicado la legislación secundaria, y los problemas que todavía quedan por resolver están más relacionados con la mala aplicación y algunas prácticas incorrectas que con la no conformidad de los ordenamientos jurídicos nacionales.

La Comisión Europea destaca la importancia crucial de la información sobre la correcta interpretación de las normas comunitarias y la buena aplicación de los derechos de los ciudadanos. Las acciones de información y de comunicación deberán estar orientadas tanto hacia los ciudadanos de la Unión como hacia las autoridades nacionales competentes en los asuntos relacionados con dichos derechos.

Para reforzar los derechos de los ciudadanos de la Unión, la Comisión:

  • llama la atención sobre las quejas relativas al hecho de que, a los ciudadanos de la Unión no nacionales de su Estado miembro de residencia, éste no les conceda el derecho de sufragio activo y pasivo en sus elecciones nacionales y regionales;
  • propone la idea, habida cuenta de la ampliación del principio de libre circulación de personas a Suiza, y de que dicho principio está garantizado en el Espacio Económico Europeo, de conceder a los ciudadanos de las Partes Contratantes el derecho de sufragio activo y pasivo en las elecciones locales de sus respectivos países de residencia;
  • examina posibles medidas para armonizar las normas y procedimientos aplicables para la repatriación de restos mortales.

Tercer informe de la Comisión Europea, de 7 de septiembre de 2001, sobre la ciudadanía de la Unión [COM (2001) 506 final – no publicado en el Diario Oficial].

El tercer informe se centra en los derechos que figuran en la segunda parte del Tratado CE. No obstante, se han incorporado dos evoluciones significativas en ámbitos estrechamente vinculados con la ciudadanía, en particular la proclamación de la Carta de los Derechos Fundamentales (en el Consejo Europeo de Niza de diciembre de 2000) y la aprobación por la Comisión de la propuesta de Directiva relativa al derecho de los ciudadanos de la Unión y de los miembros de sus familias a circular y residir con toda libertad en el territorio de los Estados miembros.

Informe de la Comisión Europea sobre la ciudadanía de la Unión [COM (1993) 702 final – no publicado en el Diario Oficial].

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