Identificador Europeo de Legislación (ELI)

Identificador Europeo de Legislación (ELI)

Resumen de la Normativa Comunitaria (Unión Europea) sobre Identificador Europeo de Legislación (ELI)

Áreas

Estas categorías agrupan y ponen en contexto las iniciativas legislativas y no legislativas, que tratan del mismo tema

Justicia libertad y seguridad > Cooperación judicial en materia civil

Identificador Europeo de Legislación (ELI)

Acto

Conclusiones del Consejo en las que se promueve la creación de un Identificador Europeo de Legislación (ELI). [Diario Oficial C 325 de 26.10.2012]

Síntesis

Las conclusiones del Consejo prevén la puesta en marcha de un Identificador Europeo de Legislación (ELI) cuyo objetivo consiste en facilitar el acceso a información sobre la legislación de la Unión Europea (UE) y los Estados miembros.

¿Cuál es la función del Identificador Europeo de Legislación (ELI)?

El intercambio a escala comunitaria de información de índole jurídica ha experimentado un desarrollo considerable. En la mayoría de los casos, dicha información procede de organismos regionales, nacionales y europeos. Por consiguiente, el intercambio de información se ve obstaculizado por las diferencias existentes entre los distintos sistemas jurídicos de los Estados miembros y de la Unión Europea.

La creación de ELI permitirá referenciar textos jurídicos europeos y nacionales de forma armonizada y uniforme, para de este modo obtener un sistema de búsqueda e intercambio de información más rápido y eficaz, al que podrán acceder los ciudadanos y los usuarios específicos, tales como legisladores, magistrados o juristas.

¿Cómo funciona ELI?

ELI se basa, en primer lugar, en la utilización de identificadores únicos, denominados URI (Uniform Resource Identifier, identificadores uniformes de recursos) y en segundo lugar, en una serie de metadatos estructurados empleados para hacer referencias a textos legales europeos y nacionales. Por último, a fin de beneficiarse plenamente de las ventajas que ofrece la web semántica, ELI se basa en el uso de un lenguaje específico para intercambiar dicha información.

Los Estados miembros podrán, por tanto, continuar gestionando la información jurídica como estimen oportuno.

¿Qué deben hacer los Estados miembros para implantar ELI?

La adopción de ELI es discrecional. Los Estados miembros y la Unión Europea pueden optar por utilizar este identificador de forma voluntaria y progresiva, proceso este que ya se ha iniciado en algunos Estados miembros y a nivel comunitario. A tales efectos, deben:

  • aplicar ELI a la legislación europea y nacional publicada en los Diarios Oficiales o en las bases de datos y los sistemas de información jurídica que empleen;
  • dotar a los textos jurídicos de un identificador único y de parte de los metadatos, entre los que se incluyen el tipo de legislación, la temática, la aplicación territorial y la fecha del documento;
  • nombrar un coordinador ELI;
  • compartir y difundir información relativa a ELI;
  • realizar evaluaciones anuales del progreso en lo que respecta a la adopción de ELI y de los metadatos relativos a la legislación europea y nacional.

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