Gases de efecto invernadero: reducir las emisiones en un 20 % o más antes de 2020

Gases de efecto invernadero: reducir las emisiones en un 20 % o más antes de 2020

Resumen de la Normativa Comunitaria (Unión Europea) sobre Gases de efecto invernadero: reducir las emisiones en un 20 % o más antes de 2020

Áreas

Estas categorías agrupan y ponen en contexto las iniciativas legislativas y no legislativas, que tratan del mismo tema

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Gases de efecto invernadero: reducir las emisiones en un 20 % o más antes de 2020

Acto

Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones de 26 de mayo de 2010 denominada «Análisis de las opciones para rebasar el objetivo del 20 % de reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero y evaluación del riesgo de fugas de carbono» [COM(2010) 265 final – no publicada en el Diario Oficial].

Síntesis

La presente Comunicación expone el resultado del análisis de las posibles consecuencias de la reducción del 20 % y 30 % de las emisiones de gases de efecto invernadero, así como de las «fugas de carbono».

Objetivo del 20 % de reducción de las emisiones

En el marco del objetivo del 20 % de reducción de las emisiones, la presente Comunicación analiza tres tipos de consecuencias reales o eventuales:

  • Consecuencias reales de la crisis financiera: la crisis financiera que comenzó en 2008 ha provocado una reducción de las emisiones del 14 % respecto a los niveles de 1990. Sin embargo, la recuperación de la producción no permite basarse completamente en estos datos que representan una situación excepcional. La Comisión Europea ha realizado recientemente un análisis de costes estimados para la consecución de los objetivos del 20 % teniendo en cuenta la recesión. De este análisis se desprende que el coste de la aplicación de estos objetivos ha disminuido un 30 % respecto a la cifra estimada en 2008. No obstante, la crisis ha tenido consecuencias negativas sobre la competitividad de las empresas, lo que implica que siguen siendo necesarias inversiones para alcanzar el objetivo de una reducción del 20 %.
  • Consecuencias reales de la «revolución ecológica»:a raíz de la crisis, varios investigadores han decidido orientarse hacia infraestructuras que necesitan menos energía. En 2009, por ejemplo, las energías renovables representaron el 61 % de la nueva capacidad de producción de electricidad en la Unión Europea (UE). Sin embargo, la competencia es feroz en este ámbito y la UE debe mantener su competitividad frente a países como China o Estados Unidos.
  • Posibles consecuencias de mantener el aumento de la temperatura mundial por debajo de 2 ºC:para alcanzar el objetivo de mantener por debajo de 2 °C el aumento de la temperatura mundial, la UE debe reducir un 70 % sus emisiones sobre su territorio respecto a los niveles de 1990. La Agencia Internacional de la Energía (EN) (FR) ha calculado que, a escala mundial, cada año de retraso de las inversiones en más fuentes de energía con baja emisión de carbono supone un incremento del coste de 300 – 400 000 millones de euros.

Objetivo del 30 % de reducción de las emisiones

Con el fin de reducir un 30 % las emisiones, la presente Comunicación analiza las diversas opciones que se pueden considerar para alcanzar este objetivo:

  • Régimen de comercio de derechos de emisión: en primer lugar, sería necesario remodelar el régimen de comercio de derechos de emisión mediante la «reserva» de parte de los derechos de emisión previstos para la subasta. Por ejemplo, una reducción del 15 % de los derechos de subasta durante el periodo 2013-2020 podría tener consecuencias positivas en los resultados en términos ambientales. En segundo lugar, convendría recompensar a los que invierten en las tecnologías más eficaces, en concreto, otorgándoles derechos gratuitos de emisión.
  • Opciones tecnológicas: la UE debería tener la posibilidad de adoptar normas aplicables a los productos, por ejemplo, en el marco de la Directiva 2005/32/CE sobre diseño ecológico, del Reglamento aplicable a las emisiones de CO2
    y de la Agenda digital para Europa.
  • Impuestos sobre el carbono: una de las opciones previstas es introducir impuestos que graven las emisiones de CO2 en sectores no incluidos en el RCDE. Por otra parte, la UE también podría reformar el régimen fiscal aplicable a los combustibles y a los productos para reflejar el componente de CO2.
  • Políticas de la UE: el Fondo de Cohesión podría utilizarse para financiar tecnologías con bajo nivel de carbono a nivel de los Estados miembros, las regiones y las ciudades. Además, un mejor uso del suelo y de los recursos forestales (no incluidos en el paquete de medidas sobre clima y energía (EN) de 2008) también podrían contribuir al objetivo de reducción de las emisiones.

La reducción del 30 % de las emisiones (incluidos los costes relativos al objetivo del 20 %) costaría 81 000 millones de euros, que representa el 0,54 % del PIB.

Objetivo de limitación de las «fugas de carbono»

Dada la ausencia de esfuerzos suficientes a nivel mundial, la fijación de objetivos de reducción de las emisiones de efecto invernadero en la UE podría conducir a una reubicación de determinados sectores intensivos en energía fuera de la UE y provocaría un aumento de los niveles de emisiones en el mundo.

Para limitar las fugas de carbono, existen tres posibilidades:

  • proporcionar más apoyo a los sectores intensivos en energía mediante derechos de emisión gratuitos;
  • aumentar el coste de las importaciones para compensar la ventaja que tienen los países que no disponen de objetivos vinculantes en materia de reducción de las emisiones de CO2;
  • animar a los terceros países a adoptar medidas similares.

La forma más obvia de proporcionar ayuda adicional para establecer condiciones de igualdad utilizando medidas dentro de la UE es mantener la asignación gratuita de derechos.

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