Eslovenia – Política económica

Eslovenia – Política económica

Resumen de la Normativa Comunitaria (Unión Europea) sobre Eslovenia – Política económica

Áreas

Estas categorías agrupan y ponen en contexto las iniciativas legislativas y no legislativas, que tratan del mismo tema

Ampliación > Ampliaciones de 2004 y 2007 > Asociación para la adhesión de Eslovenia

Eslovenia – Política económica

Prioridades a corto plazo:

Evaluación (noviembre de 2003)

Consultar las fichas relativas a la asimilación del acervo comunitario.

Prioridades a medio plazo:

  • examen periódico de la evaluación conjunta de las prioridades de la política económica en el marco del Acuerdo Europeo, haciendo hincapié en el cumplimiento de los criterios de Copenhague para la adhesión a la Unión Europea y del acervo comunitario en materia de política económica y monetaria (coordinación de las políticas económicas, presentación de programas de convergencia, lucha contra los déficit excesivos);
  • Eslovenia deberá adoptar políticas encaminadas a conseguir una convergencia real de acuerdo con los objetivos de la Unión Europea en materia de cohesión económica y social y una convergencia nominal compatible con el objetivo final, es decir, la adopción del euro. No obstante, Eslovenia no tendrá la obligación de adoptar el euro en el momento de su adhesión.

Evaluación (octubre de 1999)

No se ha registrado ningún progreso en este sector.

Evaluación (octubre de 2000)

No se ha registrado ningún progreso en este sector.

Evaluación (noviembre de 2001)

No se ha registrado ningún progreso en este sector.

Evaluación (octubre de 2002)

Ya se realizaron muchos objetivos sobre la base de las asociaciones para la adhesión concluidas anteriormente. El informe de asociación 2002 se concentra pues en puntos especialmente bien circunscritos que siguen abiertos y su análisis no proporciona una visión general del estado de preparación en el ámbito de la Unión económica y monetaria.

Evaluación (noviembre de 2003)

Consultar las fichas relativas a la asimilación del acervo comunitario.

Tras la firma del Tratado de adhesión el 16 de abril de 2003, Chipre, Eslovaquia, Eslovenia, Estonia, Hungría, Letonia, Lituania, Malta, Polonia y la República Checa se incorporaron a la Unión Europea el 1 de mayo de 2004.

Referencias

Decisión 98/268/CE de 30.03.1998
Diario Oficial L 121 de 23.04.1998

Decisión 1999/859/CE de 06.12.1999
Diario Oficial L 335 de 28.12.1999

Dictamen de la Comisión COM (97) 2010 final
No publicado en el Diario Oficial

Informe de la Comisión COM (98) 709 final
No publicado en el Diario Oficial

Informe de la Comisión COM (1999) 512 final
No publicado en el Diario Oficial

Informe de la Comisión COM (2000) 712 final
No publicado en el Diario Oficial

Informe de la Comisión COM(2001) 700 final – SEC(2001) 1755
No publicado en el Diario Oficial

Informe de la Comisión COM(2002) 700 final – SEC(2002) 1411
No publicado en el Diario Oficial

Informe de la Comisión COM(2003) 675 final – SEC(2003) 1208
No publicado en el Diario Oficial

Tratado de adhesión a la Unión Europea (Diario Oficial L 236 de 23.9.2003)

La presente ficha de síntesis se divulga a título informativo y no pretende interpretar o sustituir el documento de referencia.

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