Croacia – Relaciones exteriores, política exterior y de seguridad común

Croacia – Relaciones exteriores, política exterior y de seguridad común

Resumen de la Normativa Comunitaria (Unión Europea) sobre Croacia – Relaciones exteriores, política exterior y de seguridad común

Áreas

Estas categorías agrupan y ponen en contexto las iniciativas legislativas y no legislativas, que tratan del mismo tema

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Croacia – Relaciones exteriores, política exterior y de seguridad común

Referencias

Informe de la Comisión [COM(2010) 660 final – SEC(2010) 1326 – no publicado en el Diario Oficial].

Síntesis

El Informe de 2010 presenta una situación satisfactoria debido al elevado nivel de aproximación que ha alcanzado Croacia tanto en el ámbito de las relaciones exteriores como de la política exterior y de seguridad común. No obstante, el país debe reforzar su capacidad administrativa en materia de política de desarrollo y de ayuda humanitaria. Asimismo, debe reforzar el control y la información en materia de armamento.

ACERVO DE LA UNIÓN EUROPEA (en los términos de la Comisión)

En este ámbito, el acervo comunitario se compone principalmente de una legislación directamente vinculante que no requiere transposición al ordenamiento jurídico nacional. La legislación de la UE es resultado de los acuerdos multilaterales y bilaterales de la Unión en materia de política comercial así como de un cierto número de medidas comerciales preferenciales autónomas. En los ámbitos del desarrollo y de la ayuda humanitaria, los Estados miembros deben cumplir la legislación y los compromisos internacionales de la UE en la materia y dotarse de la capacidad necesaria para participar en las políticas de la UE en dichos sectores. Se invita a los países candidatos a aproximar progresivamente sus políticas con respecto a los terceros países y sus posiciones en las organizaciones internacionales en relación con las políticas y las posiciones adoptadas por la Unión y sus Estados miembros.

La Política Exterior y de Seguridad Común (PESC) y la Política Europea de Seguridad y Defensa (PSDC) se fundamentan en actos jurídicos, sobre todo en acuerdos internacionales jurídicamente vinculantes y en documentos políticos. El acervo incluye declaraciones, acciones y acuerdos políticos. Los Estados miembros deben ser capaces de dirigir el diálogo político en el marco de la PESC, aproximarse a las declaraciones de la UE, participar en acciones de la UE y aplicar las sanciones y las medidas restrictivas convenidas. Se invita a los países candidatos a aproximarse progresivamente a las declaraciones de la UE y a aplicar sanciones y medidas restrictivas cuando sea necesario.

EVALUACIÓN (según los términos de la Comisión)

Se han logrado algunos avances en el ámbito de las relaciones exteriores. La adaptación al acervo es elevada y el país sigue coordinando y armonizando sus posiciones en los foros internacionales. No obstante, se debe prestar atención al respeto pleno de las obligaciones internacionales cuando se recurre a salvaguardias. También se deben destinar recursos adicionales a la política de desarrollo y la ayuda humanitaria.

Croacia ha registrado nuevos avances en el ámbito de la política exterior, de seguridad y de defensa y ha seguido participando en distintas misiones civiles y militares de la UE. Globalmente se ha alcanzado un nivel elevado de adaptación al acervo. Debe seguir mejorando la aplicación y la garantía del cumplimiento de la normativa sobre el control de armas, incluida la transparencia de la información relacionada con el armamento.

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ACTOS CONEXOS
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Informe de la Comisión [COM(2009) 533 final – SEC(2009) 1333 final – no publicado en el Diario Oficial].

Informe de la Comisión [COM(2008) 674 final – SEC(2008) 2694 final – no publicado en el Diario Oficial].

Informe de la Comisión [COM(2007) 663 final – SEC(2007) 1431 – no publicado en el Diario Oficial].

Informe de la Comisión [COM(2006) 649 final – SEC(2006) 1385 final – no publicado en el Diario Oficial].

Informe de la Comisión [COM(2005) 561 final – SEC(2005) 1424 final – no publicado en el Diario Oficial].

Dictamen de la Comisión [COM(2004) 257 final – no publicado en el Diario Oficial].

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