Chipre – Mercado interior

Chipre – Mercado interior

Resumen de la Normativa Comunitaria (Unión Europea) sobre Chipre – Mercado interior

Áreas

Estas categorías agrupan y ponen en contexto las iniciativas legislativas y no legislativas, que tratan del mismo tema

Ampliación > Ampliaciones de 2004 y 2007 > Asociación para la adhesión de Chipre

Chipre – Mercado interior

Prioridades a corto plazo:

  • contratos públicos: continuación de la armonización de la legislación por lo que se refiere a la publicación, los plazos y los organismos de examen;
  • extensión de la ley a las colectividades locales y a los organismos regulados por el derecho público;
  • derechos de propiedad industrial e intelectual: alineación y aplicación de la legislación en el ámbito de las marcas, de los derechos de autor y los derechos conexos;
  • refuerzo de la capacidad administrativa y la lucha contra la falsificación, en particular, por el refuerzo de los controles en las fronteras;
  • libre circulación de mercancías: aprobación de una legislación horizontal en materia de normalización y certificación;
  • transposición de la legislación sectorial en los ámbitos de los vehículos de motor, de los productos farmacéuticos, de los productos químicos, de los cosméticos y exigencias en materia de higiene de los productos alimenticios;
  • aceleración de la adopción de las normas;
  • refuerzo de las estructuras administrativas, en particular, por lo que se refiere a las normas, la certificación y acreditación;
  • continuación de la transposición de las directivas de “nuevo enfoque”;
  • libre circulación de capitales: continuación de la alineación de las normas aplicables a las operaciones en capital a medio y largo plazo y preparación de la liberalización posterior de las operaciones a corto plazo;
  • competencia: terminación de la aprobación de una legislación antimonopolio, alineación de la legislación en materia de ayudas estatales y aumento de la transparencia de las ayudas indirectas;
  • telecomunicaciones: aprobación de una nueva ley con el fin de garantizar la alineación con el “acervo”;
  • instauración de una autoridad independiente encargada de la normativa;
  • fiscalidad: continuación de la armonización en el ámbito del IVA;
  • supresión de toda discriminación en materia de impuestos sobre consumos específicos cuyas son objeto importaciones procedentes de la Unión Europea;
  • introducción del sistema de depósito fiscal y el procedimiento de circulación de los productos sujetos a impuestos especiales sobre el consumo;
  • seguro de la conformidad de las nuevas medidas fiscales a los principios del código de conducta en el ámbito de la fiscalidad de las empresas;
  • aduanas: adopción de una estrategia de preadhesión para la armonización de la legislación aduanera chipriota;
  • aceleración del proceso de informatización.

Evaluación (noviembre de 2001)

En el ámbito de los contratos públicos, no se ha efectuado la armonización de la normativa referente a la publicación, los plazos y los organismos de examen. La legislación sobre las marcas y las patentes se ajusta al acervo, pero debe modificarse la ley sobre los derechos de autor. Se ha adoptado la ley sobre la libre circulación de los productos alimenticios. Aún deben incorporarse las directivas de «nuevo enfoque». Continúa la liberalización del movimiento de capitales. La adaptación de la legislación antimonopolio es suficiente, pero es necesario ocuparse de la relativa a los acuerdos horizontales de cooperación. Se ha adoptado una ley por la que se crea una autoridad reguladora nacional en el ámbito de las telecomunicaciones. Se ha concluido la adaptación del IVA. Se impone un aumento general de los impuestos especiales sobre el consumo. Se ha acelerado el proceso de informatización de las aduanas.

Evaluación (octubre de 2002)

No se ha llevado a cabo la evaluación de estas prioridades. La parte relativa a la asociación para la adhesión del informe de 2002 se centra en las cuestiones que requieren un mayor esfuerzo en vista de la preparación de Chipre para su adhesión.

Evaluación (noviembre de 2003)

Consultar las fichas relativas a la asimilación del acervo comunitario.

Prioridades a medio plazo:

  • contratos públicos: supresión de la cláusula relativa al tratamiento preferencial en favor de la producción local;
  • Derecho de sociedades: transposición de la segunda y doceava directivas y continuación de la alineación sobre las primeras, terceras y sextas directivas;
  • aplicación del “acervo” por lo que se refiere al balance y la cuenta de resultados;
  • alineación sobre las normas de contabilidad de la Unión Europea relativa a las “sociedades privadas eximidas”;
  • protección de los datos: aprobación de una legislación nacional, incluida la creación de una autoridad independiente de vigilancia;
  • libre circulación de mercancías: terminación de la transposición de las directivas de “nuevo enfoque”;
  • libre circulación de capitales: supresión de las restricciones y procedimientos de autorización restantes;
  • libre circulación de personas: terminación de la alineación en el ámbito del reconocimiento mutuo de los títulos;
  • competencia: refuerzo de las autoridades responsables de la competencia;
  • compatibilidad de la legislación en materia de ayudas estatales;
  • telecomunicaciones: terminación de la alineación del marco reglamentario y la creación de una instancia independiente encargada de la normativa;
  • supresión del monopolio relativo a la telefonía vocal;
  • fiscalidad: terminación de la alineación del régimen de IVA y aumento de los tipos de impuestos sobre consumos específicos;
  • examen de las leyes existentes y garantía de la contabilidad con el código de conducta en el ámbito de la fiscalidad de las empresas;
  • protección de los consumidores: continuación de la alineación y refuerzo de las autoridades encargadas de la vigilancia del mercado y la aplicación de la legislación;
  • aduanas: aceleración de la armonización en el ámbito legislativo, incluida la introducción de los regímenes aduaneros económicos y de los procedimientos simplificados;
  • refuerzo de la capacidad institucional y administrativa;
  • continuación de la lucha contra el fraude y la corrupción.

Evaluación (noviembre de 2001)

En el ámbito de los contratos públicos, se prevé la supresión de la cláusula relativa al tratamiento preferencial en favor de la producción local. Pese a que la normativa chipriota sobre contabilidad se ajusta al acervo, deben incorporarse directivas sobre otros aspectos del derecho de sociedades. Se está adoptando un proyecto de ley sobre protección de datos personales y la creación de una autoridad independiente de supervisión. Aún no se ha efectuado la incorporación de las directivas «de nuevo enfoque». Todavía deben suprimirse restricciones a la libre circulación de capitales. El reconocimiento mutuo de títulos avanza en el caso de algunas profesiones. Se ha reforzado la comisión de protección de la competencia. Siguen produciéndose retrasos importantes en la adopción de la normativa sobre telecomunicaciones. Aún debe adaptarse el régimen del IVA. La adaptación al acervo sobre protección del consumidor progresa adecuadamente. Todavía debe crearse un nuevo régimen aduanero.

Evaluación (octubre de 2002)

No se ha llevado a cabo la evaluación de estas prioridades.

Evaluación (noviembre de 2003)

Consultar las fichas relativas a la asimilación del acervo comunitario.

Tras la firma del Tratado de adhesión el 16 de abril de 2003, Chipre, Eslovaquia, Eslovenia, Estonia, Hungría, Letonia, Lituania, Malta, Polonia y la República Checa se incorporaron a la Unión Europea el 1 de mayo de 2004.

Referencias

Decisión 2000/248/CE de 20.03.2000
Diario Oficial L 78 de 29.03.2000

Informe de la Comisión COM(2001) 700 final – SEC(2001) 1745
No publicado en el Diario Oficial

Informe de la Comisión COM(2002) 700 final – SEC(2002) 1401
No publicado en el Diario Oficial

Informe de la Comisión COM(2003) 675 final – SEC(2003) 1202
No publicado en el Diario Oficial

Tratado de adhesión a la Unión Europea (Diario Oficial L 236 de 23.9.2003)

La presente ficha de síntesis se divulga a título informativo y no pretende interpretar o sustituir el documento de referencia.

Leave a Comment