Definición del concepto de ayuda a la inmigración clandestina
Resumen de la Normativa Comunitaria (Unión Europea) sobre Definición del concepto de ayuda a la inmigración clandestina
Áreas
Estas categorías agrupan y ponen en contexto las iniciativas legislativas y no legislativas, que tratan del mismo tema
… > Libre circulación de personas asilo e inmigración
Definición del concepto de ayuda a la inmigración clandestina
Acto
Directiva 2002/90/CE del Consejo, de 28 de noviembre de 2002, destinada a definir la ayuda a la entrada, a la circulación y a la estancia irregulares.
Síntesis
Con el objetivo de establecer un espacio de libertad, seguridad y justicia, la Unión Europea (UE) debe adoptar medidas para combatir la ayuda a la inmigración clandestina. Para ello es preciso armonizar las disposiciones jurídicas relativas a estas infracciones en los distintos países de la UE.
La presente Directiva facilita una definición común del concepto de “ayuda a la inmigración clandestina” y, con ello, mejora la aplicación del marco penal para la prevención de la ayuda a la inmigración clandestina.
Infracciones
La presente Directiva tipifica lo siguiente como infracción:
- ayudar intencionadamente a una persona que no sea nacional de un Estado miembro a entrar en el territorio de un Estado miembro o a transitar a través de éste, vulnerando con ello la legislación del Estado en cuestión;
- ayudar intencionadamente, con ánimo de lucro, a una persona que no sea nacional de un Estado miembro a permanecer en el territorio de un Estado, vulnerando con ello la legislación del Estado en cuestión;
- incitar o ayudar a cometer los actos anteriormente descritos o intentar cometerlos.
Los países de la UE deben adoptar sanciones efectivas, proporcionadas y disuasorias para dichas infracciones. No obstante, en el caso de la infracción mencionada en primer lugar, los países de la UE no estarán obligados a imponer sanciones cuando el objetivo consista en prestar ayuda humanitaria.
Referencias
Acto | Entrada en vigor | Plazo de transposición en los Estados miembros | Diario Oficial |
---|---|---|---|
Directiva 2002/90/CE |
5.12.2002 |
5.12.2004 |
DO L 328 de 05.12.02 |